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RETRIBUCIONES CORPORACIÓN AYUNTAMIENTO DE VILLARROBLEDO

Retribuciones aprobadas en el Pleno del Ayuntamiento de Villarrobledo del 3 de Julio de 2015.

Retribuciones del Alcalde de Villarrobledo: dicho cargo cobra directamente de la Diputación de Albacete al ser nombrado Vicepresidente Tercero de la misma.

Vicepresidente Tercero: Don Alberto González García.

Percibirá un 5 % menos de la cantidad percibida por los Vicepresidentes salientes a fecha de 1/1/2015, con la equiparación de todos los conceptos retributivos, serán 4.053,65 € mensuales x 14 pagas.

.Puede ver la información en el link siguiente:

Retribuciones Alcalde Villarrobledo

Las retribuciones del resto de la Corporación puede verlas en el extracto de Pleno del 3 de Julio referido anteriormente y del cual copamos literalmente el Punto 2:

Punto 2 del Pleno.

2.- PROPOSICIÓN SOBRE DERECHOS ECONÓMICOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN.-

         Dada cuenta de la proposición de la Alcaldía-Presidencia que, literalmente transcrita, dice así:

         “PROPOSICIÓN QUE AL PLENO DE LA CORPORACIÓN ELEVA D. ALBERTO GONZÁLEZ GARCÍA, ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO.  AYUNTAMIENTO DE VILLARROBLEDO.

         En consonancia con lo establecido en los artículos 73 y siguientes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 13 y 27 el Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, PROPONGO al Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:

         1º.- Que con efectos del día 1 de agosto de 2015, el cargo de 2º Teniente de Alcalde y portavoz del Grupo Socialista se desempeñe en régimen de dedicación exclusiva, con derecho a una retribución bruta mensual de 2.820,00 €.

         Dicho cargo percibirá dos pagas extraordinarias por igual importe a sus retribuciones, que se abonarán una en el mes de junio y otra en diciembre.

         A partir del día indicado no percibirá asistencias por su concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de los que forme parte.

         Por su condición de funcionaria, el Ayuntamiento abonará durante dicho período las cotizaciones de la mutualidad a la que pertenece, extendiéndose a las cuotas de las clases pasivas.

         2º.- Que, con efectos del día 13 de junio de 2015, los cargos de la Corporación que se desempeñan en régimen de dedicación exclusiva serán los que ya los venían desempeñando en el mandato anterior, y que son los que a continuación se expresan, con derecho a la retribución que en cada caso se indica:

 

C A R G O

RETRIBUCIÓN BRUTA

MENSUAL

Presidente Comisión Especial de Cuentas e Informativa de Economía, Hacienda y Patrimonio

 

2.632,00 €

Portavoz Grupo Popular

2.632,00 €

         Los cargos anteriormente relacionados percibirán dos pagas extraordinarias por igual importe a sus retribuciones, que se abonarán una en el mes de junio y otra en diciembre.

         En ningún caso percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de los que formen parte.

         El Ayuntamiento abonará las cotizaciones correspondientes al Régimen General de la Seguridad Social.

         3º.- Que, con efectos del día siguiente a la adopción del correspondiente acuerdo plenario, los cargos de la Corporación que se van a desempeñar en régimen de dedicación exclusiva serán los que a continuación se expresan, con derecho a la retribución que en cada caso se indica:

 

C A R G O

RETRIBUCIÓN BRUTA

MENSUAL

Portavoz del Grupo Se Puede Villarrobledo

2.632’00 €

Portavoz del Grupo Izquierda Unida

1.485’00 €

         La cuantía de la retribución del portavoz del Grupo Político de Izquierda Unida se fija en base a su escrito de fecha de registro de entrada 26 de junio de 2015, que se acompaña a la presente proposición.

         Los cargos anteriormente relacionados percibirán dos pagas extraordinarias por igual importe a sus retribuciones, que se abonarán una en el mes de junio y otra en diciembre.

         En ningún caso percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de los que formen parte.

         El Ayuntamiento abonará las cotizaciones correspondientes al Régimen General de la Seguridad Social.

         4º.- Al haberse nombrado ya a los Tenientes de Alcalde, y designados por los respectivos grupos políticos sus portavoces, designar a Dª. María Trinidad Moyano Parra, 2º Teniente de Alcalde y portavoz del Grupo Socialista, a Dª. Amalia Gutiérrez Serano, portavoz del Grupo Popular, a D. Mario de la Ossa Collado, portavoz de Se Puede Villarrobledo, y D. Manuel Ángel Clemente Fernández, Portavoz de IU, para que ejerzan sus respectivos cargos con dedicación exclusiva, en los términos y con los efectos a los que se refieren los apartados anteriores.

         5º.- Determinar que se desempeñen, con efectos del día siguiente a la adopción del correspondiente acuerdo plenario, con régimen de dedicación parcial, los siguientes cargos y con derecho a la retribución que en cada caso se indica:

 

C A R G O

RETRIBUCIÓN BRUTA

MENSUAL

1ª Teniente de Alcalde

1.316’00 €

3er Teniente de Alcalde

1.316’00 €

         En todo caso, la dedicación mínima para poder percibir las referidas retribuciones de los anteriores cargos, será del 50% de la jornada habitual de trabajo.

         Los cargos anteriormente relacionados percibirán dos pagas extraordinarias por igual importe a sus retribuciones, que se abonarán una en el mes de junio y otra en diciembre.

         En ningún caso percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de los que formen parte.

         El Ayuntamiento abonará las cotizaciones correspondientes al Régimen General de la Seguridad Social.

         6º.- Designar a Dª. María Rosario Herrera Gómez, 1ª Teniente de Alcalde y Dª. Germán Nieves Moreno, 3er Teniente de Alcalde, para que ejerzan sus respectivos cargos con dedicación parcial, en los términos a los que se refiere el apartado anterior.

         7º.- Las cuantías de todas las retribuciones son inferiores en un 6% respecto de las fijadas en el anterior mandato corporativo, y se han establecido en función de las atribuciones y, por tanto, responsabilidades, que la legislación vigente encomienda a los referidos cargos, como Tenientes de Alcalde, Presidente de la Comisión Especial de Cuentas e Informativa de Economía, Hacienda y Patrimonio, por su transcendencia y el volumen de asuntos que son objeto de la misma, y Portavoces de los Grupos Políticos.

         Asimismo, los Tenientes de Alcalde con dedicación exclusiva o parcial, además, colaborarán y prestarán su apoyo a la Alcaldía-Presidencia en todas las actuaciones y funciones propias de la misma, e incluso asumirán labores o trabajos administrativos municipales que les asigne la Alcaldía, sin perjuicio de las atribuciones que también les correspondan por desempeño de otros cargos corporativos.

         Especial relevancia tiene el cargo de 2ª Teniente de Alcalde, en cuanto que asume, igualmente, la condición de Portavoz del Grupo Socialista, lo cual justifica que sus retribuciones sean superiores a las del resto de miembros de la Corporación con dedicación exclusiva.

         Igualmente se ha considerado oportuno que los Grupos Popular, Se Puede Villarrobledo e Izquierda Unida, al objeto de desempeñar de forma adecuada su labor, dispongan de un miembro con dedicación exclusiva, con las retribuciones anteriormente asignadas.

         8º.- Que los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva o parcial perciban, con efectos del día 13 de junio de 2011, asistencias por la concurrencia efectiva  sesiones de Pleno, Junta de Gobierno Local y Comisiones Informativas, en la cuantía de 80,00 €.

         9º.- Todos los miembros de la Corporación tendrán derecho a percibir indemnizaciones por los gastos ocasionados por el ejercicio de sus cargos cuando sean efectivos y previa justificación documental, según las normas de aplicación general de las Administraciones Públicas.

         10º.- En relación a las cantidades a percibir por los miembros de la Corporación con dedicación exclusiva, parcial o sin ellas, las mismas se revisarán automáticamente, recogiendo cualquier variación que se produzca en materia de retribuciones en las respectivas Leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado.

         11º.- Los cuatro grupos políticos dispondrán de un despacho, contando, asimismo, con los trabajadores por ellos propuestos, que son los siguientes:

         Grupo Socialista

         - D. Manuel Cabañero Hergueta

         Grupo Popular

         - Dª. Caridad Díaz Jiménez

         Grupo Se Puede Villarrobledo

         - Dª. Agustina Moreno Salido

         Por lo que respecta al Grupo Izquierda Unida, con fecha de 26 de junio de 2015 ha solicitado que la designación recaiga en una persona ajena a este Ayuntamiento.

         Asimismo el puesto de trabajo de Secretario Particular de la Alcaldía será desempeñado, con efectos del día 14 de junio de 2015, por D. Joaquín Pérez Nieves, a quien se le abonará la cantidad de 350’00 €, que se reflejará, como “Complemento de situación”.

         Dicho trabajador dejará de recibir tal complemento en el momento en que cese en el desempeño del cometido a que se ha hecho referencia.

         12º.- Que el acuerdo que se adopte en relación con la presente proposición se publique íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios de la Corporación.

         Villarrobledo, 29 de junio de 2015

         EL ALCALDE”.

 

 

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